República de Colombia Departamento de Santander Tribunal Superior del Distrito Judicial San Gil Sala Civil Familia Laboral REF: Sucesión Mixta del Causante Jaime Rueda Balaguera RAD: 68-679-3184-002-2024-00180-00 San Gil, mayo veintisiete (27) de dos mil veinticinco (2025). Sería el caso entrar a decidir lo que en derecho corresponda respecto a la alzada contra el auto fechado el trece (13) de marzo, dentro del proceso en referencia, pero se advierte de la revisión del informativo que, el asunto ya fue conocido por primera vez por el despacho del Magistrado Dr. Carlos Villamizar Suárez, a través del Recurso de Apelación contra la solicitud de medidas cautelares extraprocesales proferida por el Juzgado de conocimiento el 24 de abril de 2024, la cual fue adicionada y confirmada por el H. Magistrado en Sala Unica el 6 de noviembre de 2024, tal y como se observa en el PDF No. 04 de la subcarpeta No.04 del expediente. 2 Lo anterior fundado en el numeral 5º del artículo 7º del Acuerdo 1472 de 2002, que a su tenor establece: “…Cuando un asunto fuere repartido por primera vez en segunda instancia, en todas las ocasiones en que se interpongan recursos que deban ser resueltos por el superior funcional, el negocio será asignado a quien se le repartió inicialmente…”.
Por ende, se deberá remitir el expediente al Magistrado que ya conoció del caso, toda vez que decidió de las medias cautelares preparatorias para iniciar la sucesión y que se encuentra incorporadas en la providencia que es objeto de alzada. Por la Secretaría de la Corporación, comuníquese al centro de Servicios para los fines pertinentes.
Cúmplase El Magistrado, Javier González Serrano. Firmado Por: Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8cddf9f5fde9edc924887839b7e7100a1cf997e8e7878f45396a8b42cc3b9212 Documento generado en 27/05/2025 02:16:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica