TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. Radicado: 11001 31 99 001 2023 76471 02 En atención a lo resuelto en esta misma fecha en el radicado 11001 31 99 001 2023 76471 01, en donde se revocó el rechazó de la contestación de la demanda, se impone la declaratoria de nulidad de lo actuado a partir de dicho rechazo, lo cual cobija la sentencia emitida, como en efecto se decide, habida cuenta que esa determinación afecta el curso del trámite e implica que en primera instancia se omitió por completo la etapa probatoria para la parte demandada, entendida como la oportunidad para postulación, decreto y práctica de medios probatorios (numeral 5 artículo 133 Cgp).
Además, pasar por alto el efecto que debe tener tal revocatoria en la actuación, conllevaría a que este Tribunal, como juez de segunda instancia, acometa una actuación reservada y privativa de los jueces del circuito o autoridades jurisdiccionales en el marco de procesos verbales en su etapa de primer grado (decreto de pruebas, celebración de las audiencias del 372 y 373 Cgp, entre otros), y que en últimas el proceso quede con una sola instancia, circunstancia por completo carente de sustento y lógica jurídica procesal.
NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 99 001 2023 76471 02 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fa2497916a6f9ae7a4ccbb5b55aff271fd300494e3baac01e3fa1d14410fccab Documento generado en 21/02/2025 04:52:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica