REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI SALA DE DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO PONENTE ANDRÉS MAURICIO BELTRÁN SANTANA Santiago de Cali, veintitrés (23) de enero de dos mil veintiséis (2026). Encontrándose el presente asunto al despacho con el fin de resolver de plano el recurso de apelación interpuesto por el mandatario judicial del extremo demandante Jorge Hernán Alarcón Moncada, contra el auto de fecha 24 de septiembre de 2025, por medio del cual declaró la terminación del proceso por desistimiento tácito.
Se observa que se incurrió en una omisión que debe ser subsanada conforme lo establece el art. 326 del C.G. del P., ya que corresponde al juzgado de primera instancia correr traslado del escrito de sustentación a la parte contraria, cuando se trata de la apelación de un auto; sin embargo, revisado el expediente digital compartido, si bien el recurrente remitió copia de la alzada al correo electrónico juridicodelahoz@gmail.com1, lo cierto es que la dirección electrónica del apoderado demandado corresponde a juridicovillamil@gmail.com2.
Por tanto, se advierte que, el A Quo omitió el cumplimiento de la carga aducida, configurando una irregularidad que debe ser subsanada, atendiendo la normatividad referida previamente. Así las cosas, se ordenará la devolución inmediata de la actuación al Juzgado de origen, para que corrija el yerro advertido, y una vez superado sea remitido a esta Corporación a través de la oficina judicial, haciendo alusión a que debe ser asignado a este despacho por conocimiento previo, con radicado 02.
Por lo anterior se, 1 2 Cuaderno principal -Componente digital 035Recurso apelación Cuaderno principal -Componente digital 025Contestación demanda Proceso Pertenencia de Jorge Hernán Alarcón Moncada vs Ramiro Alarcón Moncada Rad.: No. 76001-3103-018-2024-00054-01.
RESUELVE
PRIMERO: ORDENAR la devolución del expediente al Juzgado de origen, para que de cumplimiento a lo indicado en la parte motiva de esta decisión, y una vez subsanada la irregularidad remita la actuación a este despacho con radicado 02 a través de la Oficina Judicial por conocimiento previo. Secretaría proceda de conformidad.
NOTIFÍQUESE. (Firmado electrónicamente) ANDRÉS MAURICIO BELTRÁN SANTANA. Magistrado Firmado Por: Andres Mauricio Beltran Santana Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 78eb0d7c260113113de67357630f7a762b952b45cfe089fc37e272bb86d8f7c6 Documento generado en 23/01/2026 02:04:11 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Proceso Pertenencia de Jorge Hernán Alarcón Moncada vs Ramiro Alarcón Moncada Rad.: No. 76001-3103-018-2024-00054-01.