Rad: 13001221300020260020700 Tutela de ERNILDA ATENCIO NIETO Vs. JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA Y OTRO REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador OSWALDO HENRY ZÁRATE CORTÉS Cartagena de Indias, veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintiséis (2026).
RADICACIÓN INSTANCIA PROCESO 13001221300020260020700 PRIMERA ACCIÓN DE TUTELA ACCIONANTES ERNILDA ATENCIO NIETO ACCIONADOS JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA Y POLICIA NACIONAL GRUPO DE PENSIONES ERNILDA ATENCIO NIETO., en desarrollo de la acción de amparo consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política, promueve acción de tutela para reclamar la protección de sus derechos fundamentales de debido proceso que dice fueron vulnerados por el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA Y POLICIA NACIONAL GRUPO DE PENSIONES.
Revisada la ACCIÓN DE TUTELA referida, se estima que reúne los requisitos consagrados en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, por lo que al ser este Despacho competente se admitirá. En mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR la presente ACCIÓN DE TUTELA instaurada por ERNILDA ATENCIO NIETO contra JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA Y POLICIA NACIONAL GRUPO DE PENSIONES.
SEGUNDO
NOTIFÍQUESE esta decisión por el medio más expedito y eficaz tanto a la parte actora como a los accionados JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA Y POLICIA NACIONAL GRUPO DE PENSIONES y hágaseles entrega de copia del respectivo libelo y sus anexos para lo pertinente. 1 Rad: 13001221300020260020700 Tutela de ERNILDA ATENCIO NIETO Vs. JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA Y OTRO A los accionados se les ORDENA rendir informe de manera concreta sobre los hechos y pretensiones del escrito de tutela, para lo cual se les concede el término de un (1) día contado a partir del recibido de la notificación.
TERCERO: VINCULAR a YOSELIS HABRAT PEREZ, COMISARIA DE FAMILIA DEL COUNTRY, o quien haga sus veces, a quienes se le solicita rendir informe de manera concreta sobre los hechos y pretensiones del escrito tutelar, para ello, se le concede el término indicado en el numeral 2° de este auto CUARTO: REQUERIR a MARLA IRINA ANNICHIARICO CUESTA para que remita poder especial para actuar como apoderada de ERNILDA ATENCIO NIETO en la presente acción de tutela.
Cualquier comunicación puede ser remitida secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co. vía correo electrónico
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Oswaldo Henry Zárate Cortés Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f252cbff70153da0f1ba6c4ea3d754e118c5f6cb2e4cbeb8c58083b332b8bcd3 Documento generado en 24/03/2026 03:53:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2