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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 044-2020-00471-02 MAG. GERMAN VALENZUELA VALBUENA - AUTO RESUELVE INCIDENTE DE NULIDAD

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ Sala Civil Bogotá, diez de septiembre de dos mil veinticuatro Ref. rad 11001 31 03 044 2020 00471 02 Sobre la solicitud de nulidad formulada por la parte demandada, y una vez surtido el traslado correspondiente, sea lo primero advertir que no resulta pertinente la invocación del art. 107-1 cgp, puesto que en la segunda instancia no se realizó audiencia. Despejado ese punto, basta ver que constituye una realidad irrefutable –al margen de cualquier formalismo-, que la juez que en su momento dictó la sentencia de primera instancia, ahora integra esta sala de decisión, de donde obviamente se encontraba impedida para resolver sobre la apelación de su propio fallo (art. 141-2 cgp).

Y visto que el inciso 2° del art. 54 de la ley 270/96 permite al juzgador impedido separarse de las deliberaciones, y con los restantes magistrados se contaba con quorún deliberatorio y decisorio, no se incurrió en irregularidad alguna. Ahora bien, es deber principal del funcionario judicial velar por la rápida solución del proceso y procurar la mayor economía procesal (art. 42-1 ejusdem).

Con esa premisa y teniendo en cuenta que la manifestación y aceptación de impedimentos no admiten recursos (art 140 ib), en este caso no se incurrió en la causal de nulidad invocada (art 133-3), menos si se tiene en cuenta que la sentencia se emitió una vez fue aceptado el impedimento expresado, como actos adoptados en determinaciones sucesivas e independientes: primero tal aceptación y luego la sentencia, como se puede evidenciar en las notas que dan constancia de las firmas electrónicas de cada una de esas providencias.

Por lo tanto no prospera la solicitud de nulidad de la cual dependían las peticiones consecuenciales. Se niega la declaratoria de nulidad.

NOTIFÍQUESE El magistrado, Germán Valenzuela Valbuena Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dfee48d56480a64aba21b2d695c61b7030ba791e8afbece0250137a065f04926 Documento generado en 10/09/2024 04:57:44 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica