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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 13. 41001-31-10-001-2021-00115-01 AutoAdmiteRecurso Dr Enasheilla

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Quinta de Decisión Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: Dra. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: CESACIÓN EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO Radicación: 41-001-31-10-001-2021-00115-01 Demandantes: DALIA MIRELYS BAUTISTA CHARRY Demandado: GEOVANNY ZAPATA CUELLAR Procedencia: Juzgado Primero de Familia del Circuito de Neiva (H.) Asunto: Admite Apelación Sentencia Neiva, 06 de agosto de 2024 Procedente del Juzgado Primero de Familia de Neiva (H), llega a esta Corporación el proceso de la referencia, para que se surta el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de primera instancia, concedido en el efecto suspensivo; superado el examen preliminar de que trata el artículo 322 del Código General del Proceso, se

RESUELVE

ADMITIR: el recurso de apelación formulado contra la sentencia proferida el 22 de marzo de 2024, en la forma en que fue concedido, conforme al artículo 327 ibídem. Notifíquese y Cúmplase ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada. Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 292472df202c829f04a8b7eca52d413e842c98e3436bc44f3760d46c9334d057 Documento generado en 06/08/2024 04:55:27 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica