Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 019-2013-00630-02 MAG. ADRIANA AYALA PIULGARIN - AUTO RESUELVE INCIDENTE DE NULIDAD

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 11001 31 03 019 2013 00630 02. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Se rechaza por extemporáneo el incidente de nulidad propuesto por el apoderado judicial de la sociedad demandante1, dado que de conformidad con lo previsto en el inciso 5 del artículo 328 del C.G. del P., “En el trámite de la apelación no se podrán promover incidentes”, salvo el de recusación. Además, la misma disposición establece expresamente que “[l]as nulidades procesales deberán alegarse durante la audiencia”, supuesto que no acaeció en la vista pública celebrada el 22 de agosto de 2019, conforme se desprende de la consulta del proceso2.

Notifíquese y cúmplase, 1 PDF 01 – Cuaderno Tribunal. 2 https://consultaprocesos.ramajudicial.gov.co/Procesos/NumeroRadicacion Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: da4fe190607501b803087e30d8352b38cdb49bed5caeefcaa5324b951dbb98eb Documento generado en 22/08/2024 03:26:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica