REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA REF.: Acción de tutela 1ª Instancia. Radicado 1° instancia: 15001-22-13-000-2025-00246-00 Radicado interno: 2025-0748 ACCIONANTE: GERARDO HERRERA ACCIONADO: JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MIRAFLORES Tunja, veinticinco (25) de agosto de dos mil veinticinco (2025) GERARDO HERRERA, actuando en nombre propio, concurre a presentar acción de tutela en contra del JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MIRAFLORES, al estimar vulnerados sus derechos fundamentales, con ocasión a la audiencia de conciliación programada dentro del trámite de acción popular con radicado 154553189001-2025-00031-00.
De acuerdo con el recuento efectuado, teniendo en cuenta que la solicitud atiende los lineamientos del artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se habrá de iniciar este trámite constitucional y a ello se procederá. Finalmente, con el ánimo de integrar el contradictorio y garantizar los derechos de defensa y contradicción, se dispone vincular a las partes e intervinientes dentro del expediente con radicado 154553189001-2025-00031-00 de conocimiento de la sede judicial accionada.
En consecuencia, este Despacho:
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR el trámite de la solicitud de tutela presentada por GERARDO HERRERA, en contra del JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE MIRAFLORES. 1 SEGUNDO: En atención del artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, se ordena a la autoridad judicial accionada que, dentro del (1) día siguiente a la notificación de esta providencia, se pronuncie sobre los hechos que expresa la parte accionante en el escrito de amparo.
TERCERO: En orden a integrar debidamente el contradictorio, VINCULAR a este trámite a las partes e intervinientes dentro del expediente con radicado 154553189001-2025-00031-00 de conocimiento de la sede judicial accionada.
CUARTO: SOLICITAR la remisión del expediente digital del proceso objeto de reproche.
QUINTO: Por la secretaría de esta Corporación, verifíquese la notificación a la demandada por el medio más expedito y remítanse los archivos correspondientes a la petición.
SEXTO: Por secretaría de la Sala, verifíquese la notificación a los vinculados y remítase los archivos pertenecientes a la acción constitucional. Se requiere a las sedes judiciales criticadas para que presten el apoyo necesario, con el fin de que se pueda dar cabal cumplimiento a este numeral.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BERNARDO ARTURO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Magistrado. Firmado Por: Bernardo Arturo Rodriguez Sanchez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fa87f18e1dc145b5cbc50c12a031ebc9a25f206bfeecfdbd424d2da6771b9728 Documento generado en 25/08/2025 02:01:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2