TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA TERCERA – CIVIL FAMILIA LABORAL Magistrado Ponente: HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Radicado n° 704293189001-2022-00061-01 Julio, diecinueve (19) de dos mil veinticuatro (2024) Habiéndose verificado la procedencia del recurso impetrado contra el auto del 16 de febrero de 2023, proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Majagual - Sucre, dentro del proceso ejecutivo laboral promovido por Gledis Yineth Miranda Soto en contra de la I.P.S Clínica Guaranda Sana S.A.S, este despacho lo admitirá. Ahora, en virtud del procedimiento establecido en la Ley 2213 del 13 junio de 2022, esta Magistratura observa la necesidad de impartir ese trámite a la presente apelación. Así las cosas, es menester ordenar que por intermedio de la Secretaría de este Tribunal se surtan los traslados de rigor, de acuerdo al numeral 2º del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, cuyo tenor literal es el que a continuación se cita: “2.
Cuando se trate de apelación de un auto se dará traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días y se resolverá el recurso por escrito”. En consecuencia, se DISPONE:
PRIMERO: Admitir el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante contra el auto del 16 de febrero de 2023, proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Majagual - Sucre, dentro de este proceso.
SEGUNDO: Por secretaría dense los traslados de que trata el numeral 2º del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022. Una vez vencidos los términos, el proceso Radicado n° 704293189001-2022-00061-01 volverá al despacho para dictar la decisión escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA MAGISTRADO Firmado Por: Holguer Abundio Torres Mantilla Magistrado Sala 001 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 447924a4e1e66efa89e58cece886d5c9c45ba6fab2d7b6cef5bad2886268578f Documento generado en 19/07/2024 09:54:24 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica