Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: RAD 79918 A AUTOADMITEAPELACIONSIUGJ

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Katia Villalba Ordosgoitia

Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior de Barranquilla SICGMA SALA TERCERA DE DECISION LABORAL Barranquilla, veintiséis (26) de junio del dos mil veintiséis (2026). DEMANDANTE: ANTONIO MANUEL OLIVARES CHARRIZ DEMANDADO: COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTIAS EXPEDIENTE: 08001310500820250001501 RADICACIÓN INTERNA: 79918- A MAGISTRADA PONENTE: KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, que modificó el artículo 82 del C.P.T. y SS, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el día 18 de marzo del 2026 por el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Barranquilla.

Ahora bien, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, mediante la cual se dispuso la permanencia del Decreto Legislativo 806 de 4 de junio de 2020, en lo relativo al trámite de los recursos de apelación en materia laboral, se establece que la decisión de segunda instancia deberá proferirse por escrito, previo traslado a las partes para alegar por el término de cinco (5) días.

En consecuencia, se ORDENA correr traslado a las partes y demás sujetos procesales por el término indicado, para que presenten sus alegaciones.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA Magistrada Firmado Por: Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla www.ramajudicial.gov.co Correo:sl02bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Katya Felicia Villalba Ordosgoitia Magistrado Sala 007 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 790ccecc8bbfca0b1f3b0c02497614ce6e89321677127dc9baec5a8b3e0300ed Documento generado en 26/06/2026 01:12:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla PBX: 3885005 Ext. 3031 www.ramajudicial.gov.co Correo:sl09bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.

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