Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 031-2022-00006-04 MAG. JOSE ALFONSO ISAZA DAVILA - AUTO ACEPTA DESISTIMIENTO

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Radicación: Demandante: Demandado: Proceso: Trámite: 110013103031-2022-00006-04 Edison Aramendiz García y otros Inversiones Tencor SAS y otros Verbal Apelación sentencia Bogotá, D. C., veinte (20) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). En escrito visto en el pdf 05 del cuaderno del Tribunal, las partes manifestaron que lograron un acuerdo para poner fin al proceso.

Para ese propósito, los apoderados recurrentes expresaron que desisten “de los recursos de apelación”, sin condena en costas (pdf 06, ibidem). Así, en atención al desistimiento del recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, se advierte que tanto el abogado de los demandantes, como la apoderada judicial de los demandados Inversiones Tencor SAS y Angel Enrique Torres Matta, únicos apelantes, tienen esa potestad según se observa en el poder que a ellos les fue otorgado (docs. pdf 01 y 24 del cuaderno principal, respectivamente).

Solicitud que se ajusta al artículo 316 del Código General del Proceso, según el cual las partes podrán desistir de los recursos interpuestos y de los incidentes, las excepciones y los demás actos procesales que hayan promovido, sin necesidad de presentación personal, por cuanto el citado estado excluyó esa formalidad (arts. 314 a 317). En consecuencia, acéptase el desistimiento de los recursos de apelación instaurados contra la sentencia de 19 de febrero de 2024, proferida por el Juzgado 31 Civil del Circuito.

Sin costas por no aparecer causadas. Devuélvase el expediente al juzgado de origen para lo de su cargo. Cópiese y notifíquese. JOSE ALFONSO ISAZA DAVILA MAGISTRADO TRIBUNAL SUP. DE BOGOTÁ, SALA CIVIL