TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., nueve de julio de dos mil veinticinco 110013103 032 2023 00449 01 Ref. proceso ejecutivo de PBR Technology S.A.S.frente a Organización Luis Fernando Romero Sandoval Ingenieros S.A.S. (y otros) Como quiera que ninguna de las apelantes sustentó su recurso, en la oportunidad que consagra el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 (que se computó a partir de la ejecutoria del auto del pasado 24 de junio de 2025, mediante el cual se admitieron los recursos verticales), el suscrito Magistrado DECLARA DESIERTAS las alzadas que se interpusieron contra la sentencia que, en primera instancia, se profirió en el proceso de la referencia. Lo anterior, en atención a las previsiones del inciso final del artículo 322 del C. G. del P., por cuya virtud, “el juez de segunda instancia declarará desierto el recurso de apelación contra una sentencia que no hubiere sido sustentado”.
Esta decisión armoniza con lo que, ante situaciones similares, de manera reciente resolvieron, tanto la Sala de Casación Civil de la CSJ (STC9313 de 31 de julio de 2024, M.P., Fernando Augusto Jiménez Valderrama), como la Corte Constitucional (sentencia T-350 de 23 de agosto de 2024, M.P., Cristina Pardo Schlesinger). Devuélvase el expediente a la oficina de origen.
Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 84e17d7e87e5af76e7a9602473e747d0eb09b4c00d21064cd28d8f4dcf7f5afc Documento generado en 09/07/2025 02:58:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 OFYP 2023 00449 01