Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 1605-2024 AutoAdmiteApelacionConsulta EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Eberth Dawrin Mendoza Palacios

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA QUINTA DE DECISIÓN LABORAL SICGMA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: EBERTH DAWRIN MENDOZA PALACIOS Bucaramanga, miércoles quince (15) de enero de dos mil veinticinco (2025) RADICACIÓN ÚNICA: RADICADO INTERNO: DEMANDANTE: DEMANDADO: LLAMADO EN GARANTIA: TEMAS: DECISIÓN: 68001.31.05.001.2021.00343.01 2024-1605 ALEXANDER GUADRÓN GARCÍA CONDISLEC S.A.S. Y MUNICIPIO DE CURITÍ. ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA ENTIDAD COOPERATIVA Contrato Laboral – Accidente Laboral – Acreencias Laborales - Perjuicios AUTO ADMISORIO.

ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por las demandadas CONDISLEC S.A.S., MUNICIPIO DE CURITÍ Y ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA ENTIDAD COOPERATIVA, respecto de la sentencia proferida el veintisiete (27) de noviembre de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga. Asimismo, se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de MUNICIPIO DE CURITÍ, respecto de la sentencia proferida el veintisiete (27) de noviembre de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga., conforme el art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes apelantes y en cuyo favor opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Palacio de Justicia – Calle 35 entre carrera 11 y 12.

Piso 4º Teléfono 6520043 Bucaramanga – Colombia. www.ramajudicial.gov.co E-Mail: des06sltsbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co Código de verificación: a7170438382e8019489d25d0e7055512516e957b206fefd709f4412b1932d2a2 Documento generado en 15/01/2025 12:33:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Palacio de Justicia – Calle 35 entre carrera 11 y 12.

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