REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA ROSA DE VITERBO SALA ÚNICA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN LEY 1128 de 2007 RADICACIÓN: ORIGEN: DECISIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: M.SUSTANCIADOR 157593105002202300224 01 JUZGADO 02 LABORAL DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO AUTO ORDENA DEVOLVER A JUZGADO DE ORIGEN JOSE MAURICIO PEREZ TAPIAS SEGURIDAD DIGITAL LIMITADA JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Sala Unitaria Santa Rosa de Viterbo, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Atendiendo a lo ordenado por la Sala Dual integrada por los magistrados Gloria Inés Linares Villalba y Eurípides Montoya Sepúlveda, en calidad de integrantes de la Sala Segunda de Decisión de esta Corporación en decisión del 31 de octubre de 2025, resolvieron “RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica, interpuesto por el apoderado judicial del extremo pasivo, contra el auto proferido el 21 de agosto de 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa.”.
Por lo anterior, SE DISPONE, PRIMERO: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por la Sala Dual en providencia del 31 de octubre de 2025.
SEGUNDO: SE ORDENA que por secretaría se devuelva el expediente al Juzgado Segundo Laboral Del Circuito De Sogamoso. Notifíquese y cúmplase, JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Magistrado Sustanciador