CONSTANCIA SECRETARIAL Medellín, Diecinueve (19) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Se recibe de la H. Corte Suprema de Justicia el expediente con radicado 05001310500620180064401, donde mediante providencia SL1576-2024 del veintisiete (27) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), dispuso NO CASAR la sentencia proferida el dieciséis (16) de marzo de dos mil veintitrés (2023), proferida por esta Corporación. Paso al Despacho para lo pertinente.
Alejandra Sánchez Oficial Mayor SALA LABORAL REF: ORDINARIO LABORAL DTE: MARIO DE JESÚS HERNÁNDEZ BUITRAGO DDO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES RAD: 05001310500620180064401 Medellín, Diecinueve (19) de julio de dos mil veinticuatro (2024) CÚMPLASE lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral, en su Providencia SL1576-2024 del veintisiete (27) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), dispuso NO CASAR la sentencia proferida el dieciséis (16) de marzo de dos mil veintitrés (2023), proferida por esta Sala Laboral del Tribunal Superior.
Ejecutoriado el presente auto, remitir el expediente al despacho de origen para que continúe el trámite pertinente.
NOTIFÍQUESE, FRANCISCO ARANGO TORRES Magistrado EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN – SALA LABORAL - HACE CONSTAR Que la presente providencia se notificó por estados N° 127 del 22 de JULIO de 2024