Micelio

auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - PERTENENCIA 2022-000111-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, febrero veintiséis (26) del dos mil veinticinco (2025). REF: PERTENENCIA DTE: LUÍS RAMÓN ARGÜELLO PALOMINO RAD: 68-679-3103-001-2022-00111-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del CGP, en concordancia con el Art. 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el “efecto suspensivo”, la apelación interpuesta por la parte demandante Luís Ramón Argüello Palomino contra la sentencia fechada el veintiocho (28) de enero de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de San Gil, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, el recurrente deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, POR ESCRITO, al seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co., correo so electrónico pena de ser declarado desierto.

Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte no recurrente, para que igualmente se pronuncien también AUTO DE TRÁMITE CR- 2022-00111-01 POR ESCRITO. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para si es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.

NOTIFÍQUESE El Magistrado, Javier González Serrano Javier Gonzalez Serrano Firmado Por: AUTO DE TRÁMITE CR- 2022-00111-01 Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 501c41c22812ee5835c3e01239ae4c9d65e1140811b8965f56e61b7e661f9ed3 Documento generado en 26/02/2025 02:21:31 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica