REPUBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA ROSA DE VITERBO SALA UNICA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACION LEY 1128 de 2007 RADICACIÓN: ORIGEN: PROCESO: PROVIDENCIA: DEMANDANTE: DEMANDADO: M. PONENTE: 152383184001202200257 02 JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE DUITAMA DECLARACIÓN UNIÓN MARITAL DE HECHO AUTO- DECLARA DESIERTO RECURSO JUAN CARLOS CELY HEREDEROS DE MARÍA HELENA ZEA CARVAJAL JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Sala Unitaria Santa Rosa de Viterbo, jueves, treinta (30) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Dentro del trámite una vez admitido el recurso propuesto por la parte demandante contra la sentencia de 29 de abril de 2024, expedida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Duitama, se dispuso el traslado para sustentarlo por auto de 20 de mayo de 2024, sin que la parte demandante recurrente procediera a hacerlo, como consta en el informe secretarial de 30 de mayo de 2024, por lo que se declarará desierto el recurso respecto de ésta conforme lo dispone el inciso 3 del artículo 12 de la ley 2213 de 2022.
Por lo expuesto, esta Sala Unitaria, R E S U E L V E: Declarar desierto el recurso de apelación propuesto la parte demandante recurrente, contra la sentencia de 29 de abril de 2024, expedida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Duitama por no haberlo sustentado en esta segunda instancia. Notifíquese y cúmplase, JORGE ENRIQUE GOMEZ ANGEL Magistrado Ponente 1