Micelio

auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO OBEDECER Y CUMPLIR - ORD. LABORAL 2019-00098-04

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

Ponente: Carlos Villamizar Suárez

Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, cinco (05) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ ACCIÓN: PROVIDENCIA ORDINARIO LABORAL AUTO OBEDECER Y CUMPLIR DEMANDANTE: DEMANDADO: JOSÉ ARTURO ESPITIA GONZÁLEZ - MARÍA ADELA PATIÑO SALABARRIETA - SANDRA JUDITH CASTILLO PATIÑO - LUZ MIREYA CASTILLO PATIÑO - PAOLA ANDREA CASTILLO PATIÑO - VILMA YAMILE CASTILLO PATIÑO - LYDA JULIANA CASTILLO PATIÑO - LEIDY ROCÍO CASTILLO PATIÑO - JESSICA LIZETH CASTILLO PATIÑO - JOSÉ REIMUNDO CASTILLO MEJÍA y - HEREDEROS INDETERMINADOS DE RAIMUNDO JOSÉ CASTILLO DÍAZ 68-755-31-03-001-2019-00098-04 RADICACIÓN: Obedézcase y cúmplase lo dispuesto por el superior en providencia proferida el cuatro (04) de junio de dos mil veinticuatro (2024), mediante la cual resolvió NO CASAR la sentencia proferida por esta Corporación el treinta y uno (31) de marzo de dos mil veintitrés (2023).

Por lo anterior, remítase el expediente de la referencia al Juzgado Primero Civil del Circuito de Socorro, Santander, para impartir el trámite que corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9658a1c20e1ac3730f60bccac77d763025db070c521270a759a8c33d615c4032 Documento generado en 05/08/2024 04:25:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica