Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Decisión: Medellín, 15 de diciembre de 2025 Ejecutivo 05001310302220220038002 [2025-124] Compañía de Empaques S.A. Agave S.A.S. Admite recurso apelación de sentencia en el efecto suspensivo y corre traslado para sustentación Auto No. 117 Providencia: Magistrada sustanciadora: Claudia Mildred Pinto Martínez En atención al informe secretarial rendido1, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 321, 322 y 323 del Código General del Proceso, se ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación2 impetrado por el apoderado judicial de la demandante COMPAÑÍA DE EMPAQUES S.A. contra la sentencia ejecutiva proferida por el Juzgado 22 Civil del Circuito de Medellín el 20 de noviembre de 20253, mediante la cual se desestimaron las pretensiones de la demanda al declarar probada la cosa juzgada.
En atención al inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se le concede a la parte apelante el término de cinco (5) días, contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, a efectos de que sustente la alzada y desarrolle exclusivamente los reparos concretos expuestos en primera instancia, so pena de declararse desierto el recurso.
Archivo 03 del cuaderno C04ApelaciónSentencia – 02SegundaInstancia. Archivo 54 del cuaderno C01Principal del 01PrimerInstancia. 3 Archivo 55 del cuaderno C01Principal del 01PrimerInstancia. 1 2 Proceso Radicado Apelación - sentencia 05001310302220220038002 [2025-124] Así mismo, se le exhorta para que dé estricto cumplimiento a lo ordenado en el numeral 14 del artículo 78 del estatuto procesal general y el parágrafo del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022, a efectos de que se surta el traslado por el término de cinco (5) días a su respectiva contraparte.
Fenecido el plazo otorgado y surtido lo anterior, por Secretaría verifíquese el traslado de la sustentación e ingrésese nuevamente el expediente al Despacho para continuar con el trámite que corresponda.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) CLAUDIA MILDRED PINTO MARTÍNEZ Magistrada Firmado Por: Claudia Mildred Pinto Martinez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 333a02ad37940a3742c113e5ddb302f2761857d191428bc6788f3ed87599244c Documento generado en 15/12/2025 03:36:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica