Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 1.- 08001315301520220025001 03AUTOINADMITE-AUTONOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: APELACIÓN AUTO (46701) NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO: C-08001-31-53-015-2022-00250-01 DAVIVIENDA S.A. LUIS ALFONSO PIMIENTA RETREPO Y OTRO PROCEDENCIA: CIVIL / DECLARATIVO / VERBAL / RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., cuatro (4) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) De conformidad con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 325 del C. G. del P., se INADMITE el recurso de apelación formulado por DAVIVIENDA S.A. contra el auto proferido el 27 de agosto de 2025, comoquiera que el proceso de la referencia es de única instancia y, por lo tanto, resulta improcedente la alzada.

Téngase en cuenta que, en este asunto, la parte demandante pidió de manera expresa que se terminara el contrato de leasing habitacional No. 06002026600430813 que celebró con el demandado, por el “incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento pactados”, lo que denota que el juicio no tenía doble instancia, por mandato expreso del numeral 9° del artículo 384 del C. G. del P. A ese respecto, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ha hecho referencia a “la improcedencia del recurso de apelación en los procesos de restitución de inmueble por leasing habitacional, cuando se persigue, exclusivamente, el pago de los cánones dejados de cancelar”1.

Por Secretaría, previas las constancias del caso, devuélvase el expediente al juzgado de origen. Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cbcb7a014e9154a6d53f182a6c183e197715ab070ce3a15942e52f6efe50b566 1 C. S. J., Sala de Casación Civil, Sentencia de tutela de 15 de noviembre de 2024, Exp.

No. T 1100102030002024-04969-00. ASUNTO: NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO: PROCEDENCIA: APELACIÓN AUTO (46701) C-08001-31-53-015-2022-00250-01 DAVIVIENDA S.A. LUIS ALFONSO PIMIENTA RETREPO Y OTRO CIVIL / DECLARATIVO / VERBAL / RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BARRANQUILLA Documento generado en 04/12/2025 12:33:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica