TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA UNITARIA ABORAL Proceso Demandante Demandados Asunto Radicación Ordinario Laboral – Seguridad Social Blanca Aurora Ortiz Gil Fondo Para La Consolidación Del Patrimonio Autónomo Pensional De Cartago Reconoce personería y resuelve impulso 76-147-31-05-001-2022-00107-01 AUTO No. 296 Buga, Valle, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco.
Atendiendo que la señora Blanca Aurora Ortiz Gil, a través de memorial del 14 de febrero de 2025 informa que revoca el poder conferido inicialmente al abogado Jorge Iván Ochoa Muñoz y en esa misma misiva allega escrito confiriendo poder especial amplio y suficiente a los abogados Jackeline Parra Bedoya, Alejandro Zuluaga Guerrero y Jonatan Dorvey Sánchez Buritica, para que represente sus intereses dentro del presente asunto, en consecuencia se tendrá por revocado el poder inicialmente conferido al abogado Jorge Iván Ochoa Muñoz.
Ahora, esta Sala unitaria encuentra que el poder general amplio y suficiente arriba mencionado cumple con los presupuestos establecidos en los artículos 74 y 75 del C. G. P. aplicables por analogía al presente asunto, por remisión expresa del artículo 145º del C.P.T. y de la S.S., por lo tanto, se reconocerá personería a los abogados Jackeline Parra Bedoya identificada con cédula de ciudadanía No. 1.113.778.329 y T. P. No. 283.468 del C. S. de la J, Alejandro Zuluaga Guerrero identificado con cédula de ciudadanía No. 1.112.794.335 y T. P. No. 381.852 del C. S. de la J y Jonatan Dorvey Sánchez Buriticá identificado con cédula de ciudadanía No. 1.112.777.749 y T. P. No. 407.479 del C. S. de la J., para que representen los intereses de la parte demandante señora Blanca Aurora Ortiz Gil.
Advirtiendo que en ningún caso podrá actuar simultáneamente más de un apoderado judicial de una misma persona. De otro lado se verifica que, por escrito presentado vía correo electrónico a la Secretaría de esta Sala, se allega solicitud, a fin de que se dé impulso procesal procediendo a proferir sentencia en el asunto de la referencia. Sobre el particular, se informará al peticionario que en la actualidad el proyecto de sentencia de la referencia se encuentra pendiente de realizar unas adecuaciones al proyecto, por sugerencia de las demás magistradas que integran la Sala que presido, con el fin de obtener el consenso de la ponencia elaborada por la suscrita; una vez se cuenta con la aprobación de la mayoría, se pasara la respectiva providencia para su notificación en edicto, lo cual debe ocurrir en los próximos días.
NOTIFÍQUESE este auto por anotación en estado. MARÍA MATILDE TREJOS AGUILAR Magistrada Firmado Por: Maria Matilde Trejos Aguilar Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 50749e221c42ffb0fc8c64ea6b377a271e4b23bbffadb523717dd731044b342a Documento generado en 24/10/2025 04:55:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica