TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA MAGISTRADO PONENTE: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ RADICACIÓN UNICA 08001310500120190014701 RADICACIÓN INTERNA 75.250 TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE ECULIDES ROMERO CARABALLO. DEMANDADO ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE LOS SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES -ACOOLSURE ATLÁNTICO-.
Barranquilla, veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Avóquese conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala, por la cual se dispone a admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ACOOLSURE ATLÁNTICO contra la sentencia del 15 de noviembre de 2023, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, córrase traslado a la parte recurrente ACOOLSURE ALTÁNTICO por el término de cinco (05) días para que presenten sus alegaciones. Vencido el término, córrase traslado a EUCLIDES ROMERO CARABALLO por otros cinco (05) días para que presente sus alegaciones.
Cumplido lo anterior, devuelvan las respectivas diligencias al despacho a través de la Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación. En el evento que la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar. Los escritos de alegatos y/o concepto del Ministerio Público, deben presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “alegatos de conclusión” y la radicación interna del proceso, con copia del mismo a los demás sujetos procesales, dentro del horario del Distrito Judicial de Barranquilla, esto es, 7:30 A.M a 4: 00 P.M. La consulta del expediente digital podrá hacerse en la secretaria de la Sala laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla a través de s correo institucional: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Cumplido lo anterior, se conmina a las partes a estar atentas a las actuaciones, toda vez que no se fijará fecha exacta para dictar fallo de segunda instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 16ee7a98474777fd9656d29fbe324f8dac50d1baa50316ade6b9e88f22395405 Documento generado en 26/02/2025 12:21:03 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica