Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2022-02191-00 MAG. RICARDO ACOSTA BUITRAGO - AUTO PONE EN CONOCIMIENTO

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Ricardo Acosta Buitrago

Bogotá, D. C., treinta y uno (31xde julio de dos mil veinticuatro (2024) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE FLOR ÁNGELA ÁVILA PIÑEROS DEMANDADO JORGE LUBIN SASTOQUE SANTIAGO CLASE DE PROCESO REVISÓN Póngase en conocimiento de las partes la respuesta allegada por el Juzgado 65 Civil Municipal de Bogotá quien remitió el oficio n° 01076 del 18 de junio del presente año a la Oficina de Notariado y registro de Instrumentos Públicos «ordenando el levantamiento de la inscripción de demanda del inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 50N-996378».

De igual manera, la comunicación de la Alcaldía Municipal de la Calera Cundinamarca sobre el predio existe una deuda por impuestos prediales por valor de $298 000. Requiérase a las partes para que, en 5 días, informen sobre el avance en los compromisos suscritos el 14 de mayo, considerando que el plazo otorgado en esa oportunidad ya venció. Asimismo, para que allegue copia de la minuta con la que se pretende elevar a escritura pública la constitución del usufructo.

NOTIFIQUESE, Código Único de Radicación 11001-22-03-2022-02191 Radicación Interna: 23 23/7/24, 12:16 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook MEMORIAL DR ACOSTA RV: RESPUESTAURGENTE OFICIO C- 0775 EN PROCESO 000 2022 02191 00 DR RICARDO ACOSTA BUITRAGO Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> Mar 23/07/2024 12:19 Para:​2 GRUPO CIVIL <2grupocivil@cendoj.ramajudicial.gov.co>​ 4 archivos adjuntos (814 KB) 201900624 J25 OficioLevantaInscripcion.pdf; 2019-00624Correo envio levantamientomedidaCautelar.pdf; 2019-00624 certificaciondeentregaapoderado.pdf; 2019-00624 certificacion de entrega RegistroOfNorte.pdf;

MEMORIAL DR ACOSTA Atentamente, De: Juzgado 65 Civil Municipal - Bogotá - Bogotá D.C. Enviado el: martes, 23 de julio de 2024 11:57 a. m. Para: Blanca Stella Hernandez Ibanez <bhernani@cendoj.ramajudicial.gov.co>; Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> Asunto: RESPUESTAURGENTE OFICIO C- 0775 EN PROCESO 000 2022 02191 00 DR RICARDO ACOSTA BUITRAGO Importancia: Alta RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SESENTA Y CINCO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAGkxr0HH0EBNgEG59jJ3xN4%3D 1/2 23/7/24, 12:16 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook CARRERA 10 No. 14 – 33 Piso 2.

TELÉFONO 6013532666 ext 70365 BOGOTA D.C. cmpl65bt@cendoj.ramajudicial.gov.co Honorable Magistrado(a) Dr.(a) RICARDO ACOSTA BUITRAGO La Ciudad. REF: Ejecutivo Singular No.11001220300020220219100 AVILA PIÑEROS contra JORGE LUBIN SASTOQUE SANTIAGO. de FLOR ANGELA REF. VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400 DEMANDANTE: JORGE LUBIN SASTOQUE C.C 3.068.332 DEMANDADO (A): FLOR ANGELA AVILA PIÑEROS C.C 51.613.802 Buenos días, en aras de dar cumplimiento a lo resuelto mediante providencia de fecha 19 de julio de 2024, proferida por el o la Magistrado(a) Dr.(a) RICARDO ACOSTA BUITRAGO, dentro del proceso de la referencia de envía copia del Oficio No.01076 dirigido a la Oficina de Notariado y registro de Instrumentos Públicos ordenando el levantamiento de la inscripción de demanda del inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 50N-996378.

Se Anexa en formatos PDF el oficio en mención y de los certificados entrega al apoderado y a la Oficina de Notariado y Registro Cordialmente, CAMILO ALEJANDRO SANTANA MOLINA SECRETARIO AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Este correo electrónico contiene información de la Rama Judicial de Colombia. Si no es el destinatario de este correo y lo recibió por error comuníquelo de inmediato, respondiendo al remitente y eliminando cualquier copia que pueda tener del mismo.

Si no es el destinatario, no podrá usar su contenido, de hacerlo podría tener consecuencias legales como las contenidas en la Ley 1273 del 5 de enero de 2009 y todas las que le apliquen. Si es el destinatario, le corresponde mantener reserva en general sobre la información de este mensaje, sus documentos y/o archivos adjuntos, a no ser que exista una autorización explícita.

Antes de imprimir este correo, considere si es realmente necesario hacerlo, recuerde que puede guardarlo como un archivo digital. https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAGkxr0HH0EBNgEG59jJ3xN4%3D 2/2 RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SESENTA Y CINCO CIVIL MUNICIPAL CARRERA 10 No. 14 – 33 Piso 2.

BOGOTA D.C. Teléfono: 6013532666 ext. 70365. cmpl65bt@cendoj.ramajudicial.gov.co Bogotá D.C. 18 de junio de 2024 Oficio No.01076 Señor: OFICINA DE NOTARIADO Y REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS. Zona Respectiva. REF. VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400 DEMANDANTE: JORGE LUBIN SASTOQUE C.C 3.068.332 DEMANDADO (A): FLOR ANGELA AVILA PIÑEROS C.C 51.613.802 De la manera atenta y comedida le notifico, que este Juzgado mediante auto de fecha cuatro (04) de junio de dos mil veinticuatro (2024), decretó la el LEVANTAMIENTO de la medida cautelar de INSCRIPCIÓN DEMANDA, identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 50N-996378, de la oficina de registro de instrumentos públicos zona norte de esta ciudad.

La anterior medida fue solicitada por este Juzgado mediante oficio No. 01776 de fecha cuatro (04) de junio de dos mil diecinueve (2019). En consecuencia, sírvase registrar el levantamiento de la medida cautelar. La Respuesta deberá ser enviada al correo cmpl65bt@cendoj.ramajudicial.gov.co NOTA: En lo atinente, toda comunicación de las decisiones, solicitudes y demás proferidas por este Estrado Judicial, y relacionadas con esta solicitud, deberán ajustarse a lo señalado artículos 105 y 111 del Código General del Proceso y la ley 2213 de 2022.

ADVERTENCIA IMPORTANTE: Cualquier enmendadura anula el presente oficio. Cordialmente, CAMILO ALEJANDRO SANTANA MOLINA SECRETARIO Camilo Alejandro Santana Molina Firmado Por: Secretario Juzgado Municipal Civil 065 Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e4733ba32ada1ed7bbca9d54b1719eb8f6ee5a1abd038b08148bc2b9bfe8c8fe Documento generado en 23/07/2024 11:08:33 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Entregado: Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400- levantamiento inscripcion demanda postmaster@Supernotariado.gov.co <postmaster@Supernotariado.gov.co> Mar 23/07/2024 11:40 Para:​Leidy Johana Quiroga Vargas <ofiregisbogotanorte@supernotariado.gov.co>​ 1 archivos adjuntos (50 KB) Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400- levantamiento inscripcion demanda;

El mensaje se entregó a los siguientes destinatarios: Leidy Johana Quiroga Vargas Asunto: Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400- levantamiento inscripcion demanda Retransmitido: Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400levantamiento inscripcion demanda Microsoft Outlook <MicrosoftExchange329e71ec88ae4615bbc36ab6ce41109e@cendoj.ramajudicial.gov.co> Mar 23/07/2024 11:40 Para:​Saasli Abogados <info@saasliabogados.com>​ 1 archivos adjuntos (35 KB) Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400- levantamiento inscripcion demanda;

Se completó la entrega a estos destinatarios o grupos, pero el servidor de destino no envió información de notificación de entrega: Saasli Abogados (info@saasliabogados.com) Asunto: Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400- levantamiento inscripcion demanda Oficio No.01076 VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400- levantamiento inscripcion demanda Juzgado 65 Civil Municipal - Bogotá - Bogotá D.C. <cmpl65bt@cendoj.ramajudicial.gov.co> Mar 23/07/2024 11:40 Para:​Saasli Abogados <info@saasliabogados.com>;​Leidy Johana Quiroga Vargas <ofiregisbogotanorte@supernotariado.gov.co>;​Saasli Abogados <info@saasliabogados.com>​ 1 archivos adjuntos (440 KB) 201900624 J25 OficioLevantaInscripcion.pdf;

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SESENTA Y CINCO CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA CARRERA 10 No. 14 – 33 Piso 2. TELÉFONO 6013532666 ext 70365 BOGOTA D.C. cmpl65bt@cendoj.ramajudicial.gov.co Señor Pagador, Representante legal, Apoderado (a), actor(a) Demandante, Demandado (a). Enviamos el presente oficio para que surta el trámite correspondiente.

Bogotá D.C. 18 de junio de 2024 Oficio No.01076 Señor: OFICINA DE NOTARIADO Y REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS. Zona Respectiva. REF. VERBAL DECLARATIVO No.11001400306520190062400 DEMANDANTE: JORGE LUBIN SASTOQUE C.C 3.068.332 DEMANDADO (A): FLOR ANGELA AVILA PIÑEROS C.C 51.613.802 Cordialmente, MONICA DIAZ ROBLES ESCRIBIENTE 🔔🔊‼️👇 TENGA EN CUENTA LO SIGUIENTE: Cordial saludo NOTA: SE ADVIERTE AL INTERESADO EN EL TRAMITE REGISTRAL LO SIGUIENTE: Respetados señores, en atención al oficio de la referencia de manera atenta Adjunto, Instrucción Administrativa No.05 de 22 de marzo de 2022, LINEAMIENTOS PARA LA RADICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUJETAS A REGISTRO PROVINIENTES DE DESPACHOS JUDICIALES.

La Superintendencia de Notariado y Registro mediante la Instrucción Administrativa No.05 de 22 de marzo de 2022, derogó los procedimientos establecidos en las Instrucciones 8 y 12 de 2020, e impartió nuevos lineamientos para la radicación de medidas cautelares sujetas a registro provenientes de despachos judiciales A partir del 22 de marzo de 2022, para proceder a la radicación de los documentos provenientes de los despachos judiciales y administrativos, se deberá seguir lo dispuesto en el literal B de la citada instrucción, el cual dispone lo siguiente: "B. Radicación de documentos emitidos por medios electrónicos y con firma electrónica.

Leer Instrucción Administrativa No.05 de 22 de marzo de 2022, adjunta. Cuando se trate de oficios que provengan de los despachos judiciales y que sean remitidos al interesado por correo electrónico institucional de la Rama Judicial, en el marco del Decreto Legislativo 806 del 4 de junio de 2020, los usuarios y las ORIP realizarán lo siguiente: 1.

El usuario deberá allegar el oficio sujeto a registro con una copia física del correo donde consta que lo recibió por parte del operador judicial y la impresión completa del contenido del archivo adjunto. 2. El funcionario de la ventanilla liquidará el valor de los derechos de registro de acuerdo a lo establecido en la resolución de tarifas registrales vigente. 3.

El usuario realizará el pago de los derechos de registro y de los impuestos de registro, cuando haya lugar, ya que estas constancias originales se deberán allegar en el momento de la radicación. 4. El funcionario de la ventanilla emitirá el recibo de radicación del oficio presentado para registro que indicará fecha y hora de ingreso, número consecutivo de radicación, tipo de documento, fecha, oficina y lugar de origen.

Es pertinente aclarar que solo hasta cuando se agoten los lineamientos aquí establecidos se entenderá que el usuario registral radicó su solicitud de inscripción del oficio” Por lo anterior, el presente correo solo estará habilitado con el único fin de que los documentos remitidos por los despachos judiciales a los interesados sean también enviados con copia a las ORIP, de manera que pueda la oficina de registro consultar y verificar la autenticidad de la firma electrónica y del documento autorizado, por lo que este correo solo quedará habilitado como una herramienta de consulta y no podrán ser utilizados para la recepción ni radicación de los documentos que provienen de los despachos judiciales ni de ninguna otra autoridad.

Finalmente, se reitera que, la radicación solo se entenderá surtida cuando el usuario agote la radicación presencial con el lleno de los requisitos establecidos en el numeral II de la Instrucción Administrativa No.05 de 22 de marzo de 2022 de la Superintendencia de Notariado y Registro. Cordialmente, Oficina de Registro de Instrumentos Públicos 24/7/24, 12:53 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook MEMORIAL DR ACOSTA RV: Su Solicitud: URGENTE OFICIO C- 0776 EN PROCESO 000 2022 02191 00 DR RICARDO ACOSTA BUITRAGO Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> Mié 24/07/2024 12:44 Para:​2 GRUPO CIVIL <2grupocivil@cendoj.ramajudicial.gov.co>​ 2 archivos adjuntos (253 KB) RESPUESTA OFICIO C-0776- T S D J B.pdf; 0000000000100214000000000 Factura.pdf;

MEMORIAL DR ACOSTA Atentamente, De: Blanca Stella Hernandez Ibanez Enviado el: miércoles, 24 de julio de 2024 9:15 a. m. Para: Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> CC: tecnicotesoreria1@gmail.com Asunto: RV: Su Solicitud: URGENTE OFICIO C- 0776 EN PROCESO 000 2022 02191 00 DR RICARDO ACOSTA BUITRAGO Importancia: Alta Cordial saludo, Remito para su conocimiento.

Blanca Stella Hernández Ibañez. Notificadora Grado IV Tribunal Superior de Bogotá - Sala Civil. https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAOcX3lJGgETvic72wp%2FFxdw… 1/2 24/7/24, 12:53 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook Respuestas únicamente al correo: "Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Seccional Bogota" <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> De: Edgar Prieto <tecnicotesoreria1@gmail.com> Enviado: miércoles, 24 de julio de 2024 9:10 Para: Blanca Stella Hernandez Ibanez <bhernani@cendoj.ramajudicial.gov.co>; notificacionjudicial@lacaleracundinamarca.gov.co <notificacionjudicial@lacalera-cundinamarca.gov.co>; liliana cano <notificaciones@cundinamarca.gov.co> Asunto: Su Solicitud: URGENTE OFICIO C- 0776 EN PROCESO 000 2022 02191 00 DR RICARDO ACOSTA BUITRAGO No suele recibir correos electrónicos de tecnicotesoreria1@gmail.com.

Por qué esto es importante Buenos días: --Adjunto envío en dos archivos, respuesta a su comunicación del asunto emitida por el Secretario de Hacienda Municipal. Cordialmente, EDGAR PRIETO Técnico Tesorería Secretaria de Hacienda ALCALDÍA MUNICIPAL DE LA CALERA tecnicotesoreria1@gmail.com https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAOcX3lJGgETvic72wp%2FFxdw… 2/2 MUNICIPIO DE LA CALERA SECRETARIA DE HACIENDA Nit:899999712-5 Dirección:Carrera. 3 No. 6-10 Teléfono 8600476 - 2933 FAX 8600620 LIQUIDACIÓN OFICIAL DE IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO REFERENCIA DE PAGO.

FACTURA DE IMPUESTO PREDIAL N°. 102024022910 FECHA DE EXPEDICION NOMBRE PROPIETARIO: FLOR ANGELA AVILA PINEROS NIT./ C.C 51613802 CODIGO POSTAL ULTIMO AÑO PAGO AREA HEC FECHA PAGO 2019 Tarifa 5.2 martes, 23 de julio de 2024 DIR. PREDIO LAS ACACIAS CEDULA CATASTRAL 0000000000100214000000000 2024022910 AREA Mts. 0 AREA CONST. 900 VLR PAGADO 13/02/2019 61 FACTURA FC-0056895 27,200 INFORMACION DEL IMPUESTO AVALUO IMPUESTO 2020 2021 5.00 5.20 6,534,000 6,730,000 33,000 35,000 40,000 36,000 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 73,000 71,000 2022 5.20 6,932,000 36,000 28,000 0 0 0 0 0 0 64,000 2023 2024 5.20 5.20 7,140,000 7,322,000 37,000 38,000 14,000 1,000 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 51,000 39,000 0 0 0 0 0 0 0 0 179,000 DESCUENTO INT.

CAR I/MIL TOTALES INTERES CAR AÑO 119,000 0 0 0 RESUMEN DE LA LIQUIDACION CONCEPTO CAPITAL Impuesto Predial SOBRETASA OTROS 0 AJUSTE 0 0 0 0 TOTAL 298,000 VENCIMIENTO INTERES - SANCIONES 179,000 119,000 Descuentos+Alivios tributarios 0 0 CorpoRegional 0 0 Sobretasa 0 0 Alumbrado publico 0 0 Ajuste 0 0 ************ Pague hasta el ************ 31-jul.-24 298,000 Esta factura presta merito ejecutivo conforme al artículo 32-1 del Decreto 121 del 2017, Estatuto Tributario Municipal, en concordancia con el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional y el artículo 354 de la Ley 1819 del 2016.

Contra la presente procede el recurso de reconsideración ante este despacho, del cual podrá hacer uso por escrito dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de conformidad con el artículo 720 del E.T.N CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En LA CALERA - CUNDINAMARCA a los 23 días del mes de julio de 2024, se fijó la presente factura en la página web y en la cartelera del municipio por el termino de diez (10) días hábiles.

CONTRIBUYENTE Impreso por SINFA S.A.S. Nit. 900271100-5 PAGUE HASTA MUNICIPIO DE LA CALERA 31-jul.-24 VALOR 298,000 SECRETARIA DE HACIENDA Nit: 899999712-5 Dirección:Carrera. 3 No. 6-10 Teléfono 8600476 - 2933 FAX 8600620 REFERENCIA DE PAGO 102024022910 FACTURA DE IMPUESTO PREDIAL N°. 2024022910  (415) 7709998013179 (8020) 00102024022910 (3900) 000000298000 (96) 20240731 CED. CATASTRAL 0000000000100214000000000 Avaluo Act 7,322,000 PROPIETARIO: NIT./ C. 51613802 FLOR ANGELA AVILA PINEROS DIR.

PREDIO LAS ACACIAS RESUMEN DE LA LIQUIDACION CONCEPTO Impuesto Predial Descuentos+Alivios tributarios CorpoRegional Sobretasa Alumbrado publico Ajuste CAPITAL 179,000 0 0 0 0 0 INTERES - SANCIONES 119,000 0 0 0 0 0 PAGUE UNICAMENTE EN LAS SIGUIENTES ENTIDADES FINANCIERAS BANCO BANCO B A N C O Y BANCO AGRARIO BANCOLOMBIA DATAFONO BANCO AV VILLAS BANCOLOMBIA BANCO BBVA BANCO DE OCCIDENTE BANCO BOGOTA BANCO DAVIVIENDA TESORERIA Impreso por SINFA S.A.S. Nit. 900271100-5