Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 031 2015 01340 03 DR ZAMUDIO -ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., catorce (14) de enero de dos mil veinticinco (2025) Proceso N.° Clase: Demandante: Demandada: 110013103031201501340 03 PERTENENCIA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO PRADO CENTRAL RAFAELA PANIAGUA VARGAS Y OTROS Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación que la parte demandada impetró contra la sentencia que el 15 de noviembre de 2024, profirió el Juzgado 31 Civil del Circuito de Bogotá D.C., mediante la cual, en síntesis se desestimaron las excepciones propuestas por Fernando José Torres y se accedió a las pretensiones de la demandante.

En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.

SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5259a24c6406376ad76f32d0688102dcd06aaefeb4ac3f6312fde92e57b0ef12 Documento generado en 14/01/2025 08:49:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2