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auto — Tribunal Superior de Manizales

Radicado: 009AutoAdmiteTutela

Sala: SALA PENAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES SALA PENAL Manizales, cuatro (04) de agosto de dos mil veinticinco (2025) De conformidad con los parámetros fijados en los Decretos 1382 de 2000 y 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, la Sala es competente para adelantar el trámite. Así pues, se admite la acción de tutela radicada bajo el número 170012204000-2025-00215-00, impetrada por el Mauricio Cardona Muñoz, en contra de la Fiscalía General de la Nación en su Dirección Seccional de Bogotá. Se estima necesario vincular a todas las partes e intervinientes de asunto con radicado 11001600001520090303700, a la Policía Nacional, a la SIJIN en sus sedes en Bogotá y Manizales, al Ministerio del Trabajo, a la Región N°3 del Departamento de Policía de Caldas y a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol.

Se requiere al accionante, para que de manera inmediata, informe el nombre de “la empresa en Manizales”, que le informó sobre la existencia de la causa penal y que, al parecer, tiene acceso a las bases de datos de la Fiscalía General de la Nación. Así entonces, se oficiará a los accionados y a los vinculados para que, con fundamento en el escrito de tutela, se pronuncien sobre el mismo dentro de los dos (2) días siguientes, ejerciendo su derecho de contradicción e indicando lo concerniente para entrar a resolver el presente asunto.

Cúmplase PAULA JULIANA HERRERA HOYOS Magistrada Firmado Por: Paula Juliana Herrera Hoyos Magistrada Sala Penal Tribunal Superior De Manizales - Caldas Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 135446518d548b0c23d22c4987a00718d024ee6f9303687e4c05bea522 99faec Documento generado en 04/08/2025 12:36:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica