REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral HÉCTOR ENRIQUE CASTILLO LÓPEZ COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL SANTANDEREANA 68001-31-05-001-2025-00283-01 2026-0466 Culpa patronal Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL SANTANDEREANA, contra el auto que declaró no probada la excepción de inepta demanda por indebida acumulación de pretensiones, proferido el veintidós (22) de mayo de 2026 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga.
EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022. Si el expediente corresponde al Gestor Documental Sistema Integrado de Gestión Procesal SIUGJ, los alegatos deberán ser cargados en la misma plataforma.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b770bf88db982c33c36ee58b191a9353ef709d495745de8fd6b8f3afb773250f Documento generado en 24/06/2026 11:34:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica