Radicación No:730013105006202300266-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN LABORAL Ibagué, diecinueve de agosto de dos mil veinticinco Clase de proceso: Ordinario Laboral. Parte demandante: Yency Castañeda Briñez Parte demandada: Radicación: Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones y Otra 73001-31-05-006-2023-00266-01 M. Sustanciador Amparo Emilia Peña Mejía Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 30 de abril de 2025 (AL3623-2025), declaró bien denegado el recurso de casación que el apoderado judicial de la Sociedad Administradora de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., presentó contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (archivo 4 expediente electrónico actuaciones de la Corte).
De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el numeral segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 16 de agosto de 20241 (archivo 7 expediente electrónico de segunda instancia), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el Juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
CÚMPLASE, AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima 1 Sentencia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué radicado: 73001-31-05-006-2023-00266-01, 16 de agosto de 2024. ”FALLA: …SEGUNDO: Costas en esta instancia a cargo de Porvenir S.A., fijándose como agencias en derecho la suma de $1.300.000.00.”… Radicación No:730013105006202300266-01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5337809c134f167240477675ba784a872eb065a53900f0df463277e256f3b1bd Documento generado en 19/08/2025 09:09:28 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica