Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301020240006001 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha: Medellín, siete (7) de abril de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Verbal RCE Radicado: 05001 31 03 010 2024 00060 01 Demandante: María Eugenia Ochoa Montoya y otros Demandada: Inversiones ULA SAS y otros Providencia: Auto que admite apelación Sustanciador/ponente: Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandante frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN el 23 de septiembre de 2025, en el proceso VERBAL para la declaratoria de responsabilidad civil extracontractual adelantado por MARÍA EUGENIA OCHOA MONTOYA y otros contra INVERSIONES ULA SAS, LUIS CARLOS URIBE JARAMILLO, BRIAN ANDRÉS VALLEJO VALDÉS, NODIER ANTONIO VALLEJO AGUDELO y SEGUROS GENERALES SURAMERICANA SA.

De conformidad con lo previsto por el numeral 3° inciso 2° del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto SUSPENSIVO. Radicado Nro. 05001 31 03 010 2024 00060 01 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro del término de cinco (5) días, al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. (Firma electrónica) RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Firmado Por: Ricardo Leon Carvajal Martinez Juez Sala 09 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 22fd4cf43f25231e263ea11de7d45a0aa3d0909b0efb7104b20a75bfa138de09 Documento generado en 07/04/2026 04:28:07 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado Nro. 05001 31 03 010 2024 00060 01