Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310301620230051401_DraVelasquezAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

Acciones Populares y de Grupo Demandante: Libardo Melo Vega Demandados: Grupo Azulado S.A.S. y otro Rad. 11001310301620230051401 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiséis (2026).

En el efecto suspensivo, se admite el recurso de apelación formulado contra la sentencia proferida por el Juzgado 16 Civil del Circuito de esta ciudad1. Por secretaría, contabilícense los términos de que trata el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Adviértase a las partes lo dispuesto en el parágrafo del precepto 9° de esta misma Ley.

Regresen las diligencias al despacho en oportunidad. Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada 1 Archivo 074Sentenciaacciónpopular, 001 CuadernoPrincipal, 001PrimeraInstancia. Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2f98ccc2e892fcce3aabe8baf0e6f6c6c35ed9d3bb79d7461382e10433e002e5 Documento generado en 21/05/2026 10:05:42 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica