Micelio

auto — Tribunal Superior de Tunja

Radicado: 007 Auto Admisorio

Sala: SALA CIVIL FAMILIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL-FAMILIA PROCESO: ACCIONANTE: ACCIONADO: RADICACIÓN: ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA DORA ESTHER MARTINEZ ROCHA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE TUNJA 15001221300020240015600 (2024-0594) Tunja, veintiocho (28) de agosto de dos mil veinticuatro (2024)

1. ESCRITO DE TUTELA La señora DORA ESTHER MARTINEZ ROCHA por intermedio de apoderado judicial, acude en tutela pretendiendo se ampare sus derechos fundamentales al debido proceso, petición e igualdad, presuntamente conculcados por Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tunja, con la renuencia en inscribir en el registro la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Familia el 2 de febrero de 2024, mediante la cual se aprobó el trabajo de partición dentro del proceso se sucesión y liquidación de la sociedad conyugal con radicado No. 2022-00152.

Pide en consecuencia, se ordene a la accionada contestar de fondo el derecho de petición incoado el 2 de agosto de 2024, registrando las hijuelas como lo ordenó el sentenciador.

2. REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE TUTELA El escrito de demanda reúne las exigencias básicas que permiten su trámite porque indica las partes, describe los hechos y circunstancias relevantes que generan la presunta vulneración o amenaza de los derechos que se denuncian, así como el nombre del demandante y la manifestación jurada de no haberse adelantado actuación de la misma índole con fundamento en los mismos hechos, requisito que se entiende cumplido con la impetración de la acción, por lo tanto, se constata que la solicitud de amparo reúne los requisitos exigidos por la ley. 3.

COMPETENCIA Esta Sala es competente para conocer de la presente acción de tutela, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto 2591 de 1991, por lo que resulta pertinente admitir su trámite, conforme lo dispuesto en el Decreto 333 de 2021. 4. VINCULACION Teniendo en cuenta los hechos de la acción de tutela, se procederá a vincular a la presente acción en calidad de vinculados al Juzgado Segundo de Familia de Tunja y a las partes e intervinientes en el proceso de sucesión No. 2022-00152 radicado en ese estrado judicial.

En mérito de los expuesto, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Tunja, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el trámite de la acción de tutela interpuesta por el apoderado de DORA ESTHER MARTINEZ ROCHA, teniendo como accionado a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tunja y como vinculados al Juzgado Segundo de Familia de Tunja y a las partes e intervinientes en el proceso de sucesión No. 2022-00152 radicado en ese estrado judicial.

SEGUNDO: NOTIFICAR la admisión de la solicitud de tutela por el medio más expedito a las partes y vinculados, para que en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la correspondiente comunicación, se pronuncien sobre los hechos de la tutela, haciéndole entrega de una copia del escrito de tutela y sus anexos, so pena de dar aplicabilidad a lo señalado en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991.

TERCERO: Solicitar al Juzgado Segundo de Familia de Tunja, para que dentro del término improrrogable de un (1) día remita el expediente digital mencionado en el numeral primero de este proveído y suministre la dirección para notificaciones de las partes e intervinientes, dentro del mismo término.

CUARTO: Reconózcase personería jurídica al abogado Selvio Julio Higuera Cifuentes, en los términos del poder conferido.

QUINTO: Cumplido lo anterior, regresen las diligencias al despacho para decidir lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JOSÉ HORACIO TOLOSA AUNTA Magistrado Firmado Por: Jose Horacio Tolosa Aunta Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: da120a43e804edf4355401172811aa57263696811fd53bd53c002c2f15c210ae Documento generado en 28/08/2024 03:13:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica