Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310500920190061301- ADMITE

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN Lugar y fecha Proceso Radicado Demandante Demandados Providencia Tema Sustanciador Medellín, 27 de mayo de 2025 Ordinario laboral 05001310500920190061301 DIEGO HENAO GALLEGO POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. y UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES – UGPP.

Auto Auto Admisorio Maricela Cristina Natera Molina Verificadas las actuaciones remitidas, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDANTE y por la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES – UGPP, y el grado jurisdiccional de consulta a favor de la misma entidad, respecto de la SENTENCIA proferida el 14 de noviembre de 2024, por el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Medellín. EJECUTORIADO este auto se procederá a correr traslado a las partes para que presenten sus alegatos conforme lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, por el término común de cinco (5) días hábiles, los cuales deberán ser remitidos por escrito a la dirección de correo electrónico de la secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARICELA CRISTINA NATERA MOLINA Magistrada