República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA TERCERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Magistrada Ponente: LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Radicación: 41001-31-05-001-2019-00008-01 Demandante: CRISTELA SIERRA CHÁVARRO Demandados: COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS y MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A. Proceso: ORDINARIO LABORAL La abogada Luz Ángela Duarte Acero, remitió memorial al correo electrónico de la Secretaría de la Sala, comunicando poder conferido por Alexandra Rivera Cruz, representante legal para asuntos judiciales de Mapfre Colombia Vida Seguros S.A.; razón por la que se le reconocerá personería para actuar en el asunto, al cumplirse los presupuestos del artículo 75 del CGP y artículo 5 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo que se, DISPONE:
PRIMERO: RECONOCER PERSONERÍA como apoderada judicial de Mapfre Colombia Vida Seguros S.A. a la abogada LUZ ÁNGELA DUARTE ACERO, identificada con la cedula de ciudadanía No. 23.490.813 de Chiquinquirá y portadora de la Tarjeta Profesional No. 126.498 del C.S. de la J., en los términos y con las facultades conferidas.
NOTIFÍQUESE, LUZ DARY ORTEGA ORTIZ Magistrada Firmado Por: República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Luz Dary Ortega Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bd70421d0a264a4d95592cbbe946a0119c700bee424f3ac9be754b48e091084e Documento generado en 19/02/2026 03:13:54 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 41001-31-05-001-2018-00083-01