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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 010-2019-00719-01 DR YAYA AUTO NIEGA CASACION

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D. C., veintidós de agosto de dos mil veinticinco 11001 3103 010 2019 00719 01 Ref. proceso verbal de Angela María Trujillo Jaramillo frente a Edgar Rafael Rubiano Rubiano (y otros) El suscrito Magistrado SE ABSTIENE DE CONCEDER el recurso de casación que formuló la demandante contra la sentencia que este Tribunal profirió el 8 de agosto de 2025, por medio del cual se confirmó el fallo de primera instancia, desfavorable a la parte actora.

Lo anterior, en tanto que, según el artículo 338 del C. G. del P., la cuantía económica del interés para acudir en casación ha de superar los 1000 SMMLV para la fecha de emisión de la sentencia de segunda instancia, vale decir, la cantidad de $1.423’500.0001. Tal exigencia aquí no hace presencia, por cuanto con el fallo de segundo grado el Tribunal confirmó el despacho desfavorable que le imprimió el juez de primer grado a las pretensiones de la demanda, las cuales se estimaron en 100 SMLMV por daños morales y 100 SMLMV por daños a la vida de relación, cuantía muy inferior a la que establece la norma procesal en cita.

Tampoco sobra destacar que, en la oportunidad que consagra el artículo 339 del mismo estatuto, la parte inconforme no allegó experticia que pudiera servir de soporte para refutar lo que aquí se ha expuesto. Devuélvase el expediente a la oficina de origen. Notifíquese y cúmplase Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil 1 De conformidad con el Decreto 1572 de 24 de diciembre de 2024, el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2025, corresponde a $1’423.500.

OFYP 2019 00719 01 1 Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b963ad26250835acef3d267f3be230eba21bcf9fc8c4c03dbfa97e0bb23b595b Documento generado en 22/08/2025 03:01:23 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica OFYP 2019 00719 01 2