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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2016-00574

Sala: SALA LABORAL

Radicación No: 730013105002201600574-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN LABORAL Ibagué, veintitrés (23) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Clase de proceso: Ordinario Laboral Parte demandante: María Luz Mary Plaza de Muñoz Parte demandada: Radicación: Administradora Colombiana de Colpensiones 730013105002-2016-00574-01 M. Sustanciador Jair Enrique Murillo Minotta pensiones - Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 16 de abril de 2024 (SL896-2024), no casó la sentencia recurrida, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (folio 6 cuaderno de la Corte).

De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el numeral quinto de la sentencia de segunda instancia proferida el 16 de febrero de 20231 (folio 9 cuaderno del Tribunal), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

CÚMPLASE, JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado “República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Cuarta de Decisión Laboral Ibagué, dieciséis de febrero de dos mil veintitrés….Procede la Sala a resolver el recurso de apelación interpuesto por las partes y la consulta de la sentencia proferida el 1 de marzo de 2022 por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué en el proceso de la referencia….RESUELVE:… QUINTO: costas de ambas instancias a cargo de Carmen Tatiana Guerrero Payan y Carmen Tatiana Guerrero Payan, y en favor de María Luz Mary Plaza de Muñoz.

Las agencias en derecho de esta instancia se estiman en $1’160.000. Sin costas en ambas instancias a cargo de COLPENSIONES…” 1 Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ac2681a4ea23881e92ef9130d41ef9e5227da44cad8628f102f595a99e6385ef Documento generado en 23/05/2024 02:14:36 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica