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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001-2023-93717 01 DRA ZAMUDIO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., tres (03) junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso N.° Clase: Demandante: Demandada: 110013199001202393717 01 VERBAL – PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DORIS ZUÑIGA CARVAJAL CONINSA S.A.S. Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación que la parte demandante, impetró contra la sentencia que el 14 de abril de 2025, profirió la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la cual, declaró probada la excepción de prescripción. En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente.

So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ. SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Continuación de auto en el proceso n.° 110013103007202200231 01 Clase: Verbal -------------------------------------Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9e7859c8d81854f1e5dd83f7e6101f8e02e931ab2d05c93e6268fa65e277d0bd Documento generado en 03/06/2025 04:18:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2