REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., doce (12) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Proceso Demandante Demandados Radicado Instancia Decisión Verbal Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE – (hoy Enterritorio) Aseguradora Solidaria de Colombia, Rio Arquitectura e Ingeniería S.A. y Diconsultoria S.A. 11001 31 03 031 2019 00307 01 Segunda – apelación sentencia Admite De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por las sociedades Rio Arquitectura e Ingeniería S.A. y Diconsultoria S.A. integrantes de la Unión Temporal R & D Caldas, así como la apelación adhesiva del extremo demandante, en contra la sentencia de 19 de octubre de 2023, proferida por el Juzgado Treinta y uno Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberán sustentarse los recursos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el artículo 109 del Código General del Proceso, so pena de declararse desierto.
Presentadas en oportunidad las sustentaciones, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 110013103 031 2019 00307 01 Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e9513af162ceb2c5a2b1036452f73c75868e97a985766158af47a088ea7cc4df Documento generado en 12/07/2024 03:42:27 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica