Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: RAD. 2021-0035 PEDRO OJITO - ADMISION

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA SEGUNDA LABORAL Magistrado Ponente: CARLOS ALBERTO QUANT ARÉVALO AGOSTO, DOS (2) DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). RAD.: 47-189-31-05-001-2021-00035-01 REF: PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: PEDRO JUAN OJITO GALAN DEMANDADO: NANCY NUÑEZ PALMAS Pasa el Despacho a decidir acerca de la admisibilidad de la consulta de la sentencia de primera instancia de fecha 6 de mayo de 2024, proferida por el Juzgado Laboral Del Circuito De Ciénaga, en la cual se absolvió a la demandada.

Ahora bien, observa esta Magistratura que, es procedente el grado jurisdiccional de consulta de conformidad con el artículo 69 del CPTSS modificado por la Ley 1149 de 2007, al haber resultado la sentencia de primera instancia totalmente adversa a las pretensiones de la parte demandante, el cual fue ordenado en estrados por el Juez de primera instancia, y la consecuente remisión del expediente al Tribunal Superior de Santa Marta – Sala Laboral, correspondiéndonos por reparto su estudio; en consecuencia, se ordenará su admisión. Por lo expuesto, se

RESUELVE

1. ADMITASE respecto del demandante el estudio del grado jurisdiccional de consulta de la sentencia de primera instancia de fecha 6 de mayo de 2024, proferida por el Juzgado Laboral Del Circuito De Ciénaga, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva. 2. Ejecutoriado este auto, pásese al Despacho para ordenar correr el traslado respectivo a las partes para alegar.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CARLOS ALBERTO QUANT ARÉVALO Magistrado