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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000-2024-03313-00 DRA AYALA AUTO INADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., treinta (30) de enero de dos mil veinticinco (2025) Rad. N° 11001 22 03 000 2024 03313 00 De conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código General del Proceso, se inadmite la demanda de revisión, para que en el término de cinco (5) días contados a partir del día siguiente de la notificación por estado del presente auto, se subsane, so pena de rechazo, en estos aspectos: 1.

Indique en el acápite respectivo, los datos de notificación (dirección y correo electrónicos) del señor Alfonso Helí Aguilar Barrios, quien fue parte demandada en el proceso objeto de revisión. 2. Adecúe las pretensiones de la demanda de revisión, de acuerdo con las causales invocadas (6, 7, 8, y 9 del artículo 355 ibidem) en concordancia con lo previsto en el artículo 359 del Estatuto Procesal vigente.

Recuerde identificar el archivo de subsanación con el número de radicado del proceso (Artículo 28 Acuerdo PCSJA20-11567 y Acuerdo PCSJA20-11632) y “[d]e preferencia se usará el formato PDF para los documentos escritos enviados o recibidos por medios electrónicos, usando algún mecanismo de firma para identificar al autor o emisor del documento e identificándolo con el número del radicado del proceso cuando corresponda.” Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 18982962ab0b3140f2b8bf9b962d14025e35985bc41ca71579697bb94b97f29f Documento generado en 30/01/2025 09:49:36 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica