Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05266310300120210025401 AutoAdmiteRecursoDeApelación

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Lugar y fecha Medellín, 6 de agosto de 2025 Proceso Verbal Radicado 05266310300120210025401 Demandante Cesar Augusto Ramírez Ortiz Demandadas Construloft S.A.S. en liquidación y Promotora la Leyenda S.A.S. Providencia Auto Decisión Admite recurso de apelación Ponente Martha Cecilia Lema Villada El despacho procede a estudiar la admisión del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y por Construloft S.A.S. en calidad de demandada, frente a la sentencia proferida el 28 de marzo de 2025 en el proceso de la referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 321 y 323 del Código General del Proceso (C.G.P.).

Una vez efectuado el examen preliminar de que trata el artículo 325 ibidem, el Despacho, ADMITE el recurso de apelación en el efecto SUSPENSIVO frente a la sentencia de 28 de marzo de 2025 proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado 001 Civil del Circuito de Envigado, como quiera que ambas partes interpusieron recurso frente a la sentencia proferida.

Ejecutoriado el presente auto se dejará transcurrir el término de cinco días de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, para que las partes recurrentes sustenten la Verbal 05266310300120210025401 apelación y a continuación correrán los cinco días de traslado de la sustentación a la parte contraria. Se recuerda el deber de las partes de enviar a la dirección de correo electrónico de las demás, un ejemplar de las alegaciones a más tardar el día siguiente de la presentación (núm. 14 art. 78 CGP).

También se les informa que para solicitar el link del expediente escaneado podrán comunicarse al siguiente correo electrónico noti01secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para el efecto se debe indicar el radicado completo del proceso y toda la información de contacto.

NOTIFÍQUESE MARTHA CECILIA LEMA VILLADA Magistrada