Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 009-2017-00573-01 DR CHAVARRO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandados Verbal Jesús Alberto Riaño Sastoque Gloria Aurora Riaño Sastoque y Néstor Isidro Riaño Sastoque 11001 31 03 009 2017 00573 01 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recurso Radicado Instancia Decisión De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admiten en el efecto suspensivo los recursos de apelación interpuestos por ambas partes contra la sentencia proferida el 19 de junio de 2025, por el Juzgado 9º Civil del Circuito de esta ciudad.

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberán sustentarse los recursos a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desiertos. Presentadas en oportunidad las sustentaciones, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria.

Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado Firmado Por: 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 009 2017 00573 01 Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f8f16d58cd05a363b1f642a72cd465dc380e71529ec871348fd5ac766f724488 Documento generado en 12/08/2025 09:38:02 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica