Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 051293103001202150075202 AdmiteConcedeTérminoSustentar

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, nueve (9) de diciembre de dos mil veinticinco (2.025). Radicado: Proceso: Demandante: Demandados: 05129 31 03 001 2015 00752 01. Declarativo. ADRIANA MARÍA BETANCUR POSADA. MARTHA CECILIA BETANCUR POSADA y otros. Surtido el examen preliminar, en el efecto concedido (DEVOLUTIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por la DEMANDANTE PRIMIGENIA Y DEMANDADA EN RECONVENCIÓN, contra la sentencia de primera instancia proferida el 18 de noviembre de 2025, por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CALDAS.

En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue la solicitud de pruebas, el recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada. De la sustentación se correrá traslado a la parte DEMANDADA Y RECONVINIENTE por el término de cinco (5) días, para que se pronuncie sobre lo mismo.

Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 18d89006c3ff1c40ef6abaf3a0e589d553e7f9e2e7304626ea751336db57cdae Documento generado en 09/12/2025 07:44:29 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica