Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301220230011601 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 22 de octubre de 2025 En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por los demandados INGECODI S.A.S. INGENIERIA CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO, y PAOLA ALEJANDRA GONZALES CASTAÑO, contra la sentencia proferida por el JUZGADO DOCE CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, en el proceso Ejecutivo singular instaurado por el BANCO DE BOGOTÁ S.A., contra INGECODI S.A.S. INGENIERIA CONSTRUCCIÓN Y DISEÑO, ANDRES FELIPE GONZALES CASTAÑO y PAOLA ALEJANDRA GONZALES CASTAÑO. Se corre traslado a la parte recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formuló contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.

De otra parte y. para representar a la sociedad CENTRAL DE INVERSIONES S.A., se reconoce personería a la doctora SANDRA VICTORIA DIAZ GRANADOS MERLANO, en los términos del poder a ella conferido.

NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No. Rdo: 05001-31-03-012-2023-00116-01