Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, dos (2) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Decisión: Ejecutivo 05266 31 03 003 2020 00148 02 Alejandro Botero Uribe Hernán Darío Osorio Gutiérrez y otro Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante frente a la sentencia del 15 de agosto de 2024, proferida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Envigado, en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, la apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.
De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Radicado: 05266 31 03 003 2020 00148 02 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 452ef94de62762cb58c863e0c91be7f529b8eada9c70f15467493dfe4d8c2433 Documento generado en 02/09/2024 11:37:30 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica