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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 012-2022-00270-03 MAG. MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA - AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., diez (10) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Proceso N.° Clase: Demandantes: Demandados: 110013103012202200270 03 VERBAL - RCC MULTIDISEÑOS Y ACABADOS S.A.S. ELIZABETH RODRIGUEZ PASCUAS OTRO Y Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 (numeral primero) y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto suspensivo, la apelación que la parte demandante impetró contra la sentencia que el 24 de junio de 2024 profirió el Juzgado 12 Civil del Circuito de Bogotá, mediante la cual, en síntesis, negó las pretensiones de la demanda y declaró la nulidad absoluta del negocio jurídico confutado.

En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.

SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a6f576fc286f463e6bca44153d8e468d38057812d53833986b933172a2bf1c80 Documento generado en 10/07/2024 05:47:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica