TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA CIVIL FAMILIA LABORAL Sincelejo, junio dieciocho (18) de dos mil veintiséis (2026) Referencia: Apelación de Sentencia – Responsabilidad Médica Radicación No: 700013103006 - 2019-00128-02 Accionante: William González López y otros Accionado: Clínica Santa María S.A.S. y otros El 17 de junio de 2026, se remitió a este despacho el presente proceso de responsabilidad civil médica en la que funge como ponente el magistrado Alejandro Elías Paternina Castillo, para decidir el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia; sin embargo, se percata esta judicatura que el trámite de la primera instancia estuvo a cargo de la suscrita, quien se desempeñaba como titular del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Sincelejo, hasta el 24 de mayo de 2026.
Por lo anterior, se configura la causal de impedimento descrita en el numeral segundo del artículo 141 del Código General del Proceso, el cual dispone: Artículo 141. Causales de recusación. Son causales de recusación las siguientes: (…) 2. Haber conocido del proceso o realizado cualquier actuación en instancia anterior, el juez, su cónyuge, compañero permanente o algunos de sus parientes indicados en el numeral precedente.
En concordancia con el artículo 140 ibídem, que preceptúa: (…) Los magistrados, jueces y conjueces en quienes concurra alguna causal de recusación, deberán declararse impedidos tan pronto como adviertan la existencia de ella, expresando los hechos en que se fundamenta. Bajo ese orden de ideas, se aparta este despacho de conocer el presente asunto; y en consecuencia, se ordena la devolución del expediente al magistrado ponente.
En mérito de lo brevemente expuesto, se RESUELVE:
PRIMERO: Declarase impedido este despacho judicial para conocer en segunda instancia el proceso de responsabilidad civil médica, radicado 70-001-3103-006-2019-00128-02, por las razones expuestas en esta providencia. En consecuencia, devuélvase el expediente al magistrado ponente, Dr. Alejandro Elías Paternina Castillo, para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ZULEYMA ARRIETA CARRIAZO Magistrada Firmado Por: Zuleyma Del Carmen Arrieta Carriazo Magistrada Despacho 002 Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cb2b1bc140dbc9ba6f65ab5ce0b6e86c6bd7f47795ee3e23c98d5d2b7bd969aa Documento generado en 18/06/2026 12:15:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica