Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 000 2026 00060 00 DR FERREIRA ADMITE ANULACION

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., cuatro (4) de febrero de dos mil veintiséis (2026). REF: RECURSO EXTRAORDINARIO DE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL de JERÓNIMO MARTINS COLOMBIA S.A.S. contra ARITUR LTDA. Exp. 000-2026-00060-00. 1.- Por reunirse los requisitos formales, en aplicación de lo dispuesto por la Ley 1563 de 2012, preceptos 40 a 42 y 46, se ADMITE el recurso de anulación interpuesto por el apoderado judicial de la convocada ARITUR LTDA. contra el laudo arbitral calendado 29 de septiembre de 2025 y auto que lo corrigió de 16 de octubre del año inmediatamente anterior, proferido por el Tribunal de Arbitramento convocado por Jerónimo Martins Colombia S.A.S. en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. 2.- Téngase en cuenta para todos los efectos legales, el recurso se admite por las causales 7ª, 8ª y 9a del artículo 41 ejusdem, las cuales se sustentaron en los precisos términos del canon 40 ibídem por el fustigante. 3-.

En firme el presente proveído, ingrésese el expediente a despacho para proferir dentro de los tres meses siguientes, la correspondiente sentencia.

NOTIFÍQUESE JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS MAGISTRADO