Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Proceso Radicado Demandante Demandado Asunto Magistrada Sustanciadora Verbal – Entrega del tradente al adquirente 05266310300220230027003 Olga Lucía Montoya Suárez Grupo Fusor SAS Admite recurso, ordena trámite Piedad Cecilia Vélez Gaviria Una vez subsanadas las inconsistencias en el expediente digital, advertidas en auto del pasado 28 de octubre de 2025, y realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se ADMITE en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia proferida el 10 de septiembre de 2025, por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Oralidad de Envigado.
Salvo que se soliciten pruebas oportunamente (arts. 12 Ley 2213 de 2022 y 327 CGP), deberá la parte sustentar su recurso, a más tardar, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, remitiendo su memorial a través de medios tecnológicos y con constancia de haber enviado un ejemplar de este a todos los demás sujetos procesales (art. 3º Ley 2213 de 2022).
En tal caso, el traslado de la sustentación se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje, y a partir del siguiente correrá el término de cinco (5) días para que se pronuncien al respecto (parágrafo art. 9º ley ibídem). Proceso Radicado Verbal – Entrega del tradente al adquirente 05266310300220230027003 Atendiendo pronunciamiento de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia,1 se advierte a la parte que el recurso deberá sustentarse en esta instancia dentro del término legal, so pena de declararse desierto.
Los memoriales deberán enviarse a todos los siguientes correos electrónicos: Secretaría de la Sala Civil: secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Despacho de la Suscrita: des11sctsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PIEDAD CECILIA VÉLEZ GAVIRIA MAGISTRADA Firmado Por: Piedad Cecilia Velez Gaviria Magistrada Sala 002 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 820afef413adccdd87cda9dc4fe86daa9b0424eb7d359181702af07c9786d0aa Documento generado en 24/02/2026 02:35:24 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 STC9311 de 30 de julio de 2024.
Radicación nro. 11001 02 03 000 2024 02574 00. MP Fernando Augusto Jiménez Valderrama.