TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandante: Demandado: Divisorio. 11001310300620210017901. Orlando Ovalle Pardo, Enrique Jacme Ovalle Pardo, Beatriz Cecilia Ovalle Pardo. Blanca Lilia Rojas Díaz.
Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en Sentencia STC14236-2024 de 24 de octubre de 2024, Radicación nº 11001-02-03000-2024-04543-00, M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque, por la cual se dispuso lo siguiente: “PRIMERO: CONCEDER el amparo implorado por Blanca Lilia Rojas Díaz.
En consecuencia, se deja sin valor ni efecto los autos de 9 de julio y 4 de septiembre de 2024 proferidos por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá en el proceso divisorio con radicado 11001-31-03006-202100179-01.
SEGUNDO: ORDENAR al mencionado Tribunal que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a que se le notifique esta providencia y reciba el expediente cuestionado, proceda a resolver nuevamente sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por Blanca Lilia Rojas Díaz frente a la sentencia de 23 de abril de 2024, teniendo en cuenta las motivaciones que preceden.
TERCERO: INFORMAR a las partes e intervinientes por el medio más expedito y remítase el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.” Rad. N° 11001 3103 006 2021 00179 01 En mérito de lo expuesto, la suscrita Magistrada integrante de la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., RESUELVE:
PRIMERO: SOLICITAR al Juzgado 6° Civil del Circuito de Bogotá D.C., que, de manera inmediata, remita el proceso de la referencia a esta Corporación, para continuar con el trámite correspondiente. Lo anterior, toda vez que fue devuelto el pasado 11 de septiembre de 2024, según consta en el registro de actuaciones Sistema Siglo XXI. Téngase en cuenta que dicho pedimento, se efectua a través del correo institucional –j06cctobta@cendoj.ramajudicial.gov.co- en la fecha, hora 16:00.
SEGUNDO: INCORPORAR por Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación, el fallo constitucional STC14236-2024 de 24 de octubre de 2024, Radicación nº 11001-02-03-000-2024-04543-00, al presente asunto (Rad. 11001 3103 006 2021 00179 01).
TERCERO: COMUNICAR de manera inmediata lo aquí resuelto, a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque, para que obre en la tutela STC14236-2024 de 24 de octubre de 2024, Radicación nº 11001-02-03000-2024-04543-00; así como a los intervinientes del asunto, por Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación. Una vez se remita el expediente 11001 3103 006 2021 00179 01 por el Juzgado 6° Civil del Circuito de esta ciudad, de su conocimiento, por Secretaría Civil de esta Corporación, ingresen las diligencias al Despacho de forma inmediata, para resolver lo que en derecho corresponde.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La Magistrada, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO 2