TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PAMPLONA SALA ÚNICA DE DECISIÓN ÁREA FAMILIA Pamplona, veinte (20) de abril de dos mil veintiséis (2026). RAD: 54-518-31-84-001-2024-00244-02 Realizadas las verificaciones de que tratan los artículos 322 y 325 del Código General del Proceso y cumplidos como se hayan los requisitos legales para la concesión del RECURSO DE APELACIÓN, es el caso ADMITIR el interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la SENTENCIA proferida en audiencia del veinticuatro (24) de marzo de los corrientes por el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA de este Distrito, dentro del proceso de DIVORCIO adelantado por la señora EFIGENIA VILLAMIZAR en contra del señor LUIS MODESTO MOGOLLÓN, ya que no se advierte circunstancia alguna que impida admitir este grado de competencia funcional.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ROZELLY EDITH PATERNOSTRO HERRERA Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Rozelly Edith Paternostro Herrera Magistrada Sala Única Tribunal Superior De Pamplona - N. De Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ad8904b373d4149aa2f524d9791cee15a607273c747c8142ff946d478b72abcd Documento generado en 20/04/2026 04:08:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica