Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 02. 41001-31-05-003-2020-00400-01 AutoReconocePersoneria Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Radicación: 41001-31-05-003-2020-00400-01 Auto de Sustanciación No.374 Neiva, Huila, veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Ref.: Proceso Ordinario Laboral promovido por BETTY PIMENTEL CUELLAR en contra de COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. Proveniente de la Secretaría de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Neiva, solicitud de reconocimiento de personería radicada vía correo electrónico ante esa dependencia. Entra a proveerse sobre el memorial suscrito por el abogado ANTONIO PABÓN SANTANDER, en calidad de apoderado principal de la demandada COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A., en el que sustituye el poder a la doctora GLORÍA XIMENA ARELLANO CALDERÓN, identificada con la cédula de ciudadanía No. 31.578.572 de Cali, portadora de la Tarjeta Profesional No. 123.175 del C.S. de la J., para que actúe en nombre de esa parte accionada en el proceso laboral de referencia, conforme a las facultades otorgadas.

En consecuencia, se DISPONE:

PRIMERO. – RECONOCER personería para actuar dentro del proceso de la referencia a la abogada GLORÍA XIMENA ARELLANO CALDERÓN como apoderada sustituta de la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR S.A., en los términos y para los efectos del poder allegado.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cc99ae030d61ee57bf196cd2284f1150325d1d5d51fabb127a034bb712fb01ef Documento generado en 26/05/2026 03:23:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica